sábado, 16 de mayo de 2015

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TEMÁTICA

EL MALTRATO DE MENORES EN LAS FAMILIAS ESPAÑOLAS 

Se considera maltrato a "toda acción, omisión o trato negligente, no accidental, que prive al niño de sus derechos y su bienestar, que amenacen y/o interfieran su ordenado desarrollo físico, psíquico y/o social, cuyos autores pueden ser personas, instituciones o la propia sociedad.” (Observatorio de la Infancia, 2006, p. 14).

Tipos de maltrato



-Físico: todo acto que provoque o pueda provocar lesiones físicas o enfermedad al menor, siempre que sea voluntariamente. 

-Negligencia o abandono: cuando no se atienden las necesidades del niño y los deberes de guarda y protección, o no se cuida adecuadamente de él. 

-Psicológico o emocional: suele ser de carácter verbal, y supone toda acción que provoque o pueda provocar daños psicológicos en el niño. 

-Abuso sexual: cuando se utiliza a menores, ya sea por un adulto o por otro menor, con el fin de obtener estimulación o gratificación sexual.

Factores de riesgo


No se puede establecer una correlación de lo que causa los distintos tipos de maltrato  existentes, pero sí que podemos hablar de factores de riesgo, es decir, aspectos que pueden influir o influyen en que se produzcan las situaciones de maltrato.

Si seguimos a Sanmartín, Serrano, García, Rodríguez & Martínez (2011), podemos distinguir entre factores de riesgo individuales, familiares o socioculturales.

Los factores de riesgo individuales a su vez se pueden subdividir entre los pertenecientes al agresor y los pertenecientes a la víctima. En el agresor pueden ser de tipo biológico, por  ejemplo la hiperactividad fisiológica, o de tipo psicológico, como pueden ser emocionales, cognitivos y conductuales. Si profundizásemos más en esto último  podríamos  decir  que  en  lo  emocional influyen problemas de autoestima, ansiedad, depresión, estrés, etc.; en lo cognitivo  se encuentran las expectativas respecto al menor, las distorsiones cognitivas y una interpretación inadecuada de la información social referente al menor, lo que hace que al adulto le sea cada vez más difícil empatizar con él; y en lo conductual se puede destacar la falta de comunicación, las exigencias, comportamientos impulsivos, la no expresión de sentimientos positivos, etc. Por parte de las víctimas, son más propensos a ser maltratados los menores con discapacidades, problemas de salud, problemas psicológicos que causen dificultades en el procesamiento cognitivo y aquellos que tengan problemas de conducta, como la hiperactividad.

En el caso de los factores de riesgo familiares, es importante subrayar, por un lado, la influencia de tener una historia de maltrato infantil, es decir, los padres que en su infancia fueron víctimas de maltrato, suelen perpetuar el modelo. Por otro lado,  el hecho de que se trate de una familia desestructurada o en la que exista violencia de género, así como la forma de educar.

Son  factores  de  riesgo  socioculturales  la  falta  de  redes  de  apoyo  social,  la inestabilidad  laboral,  el  bajo  status  socioeconómico,  las  malas  condiciones  de  la vivienda y el bajo nivel educativo.

Efectos en el menor

Siguiendo a Sanmartín, Serrano, García, Rodríguez &  Martínez (2011), podemos hacer una clasificación de estos efectos según sean psicológicos o neurobiológicos.

Los efectos psicológicos pueden ser emocionales, cognitivos y conductuales. Los emocionales son aquellos que afectan a los vínculos de apego y a la regulación de las emociones. Este se caracteriza por problemas para relacionarse con sus cuidadores y entorno social. Los cognitivos hacen que las víctimas tengan problemas a la hora de regular o identificar correctamente las emociones y creencias  propias y ajenas, tienden a ser negativos, menos empáticos, esconden sus emociones, se muestran temerosos y vigilantes de todo aquello que pueda ser señal  de ira o amenaza, lo que les hace no fijarse  en  las  cosas  buenas,  por  lo  que esto  acabara  influyendo  en  la  aparición  de enfermedades como la depresión y la ansiedad, y en comportamientos de hostilidad y violentos. Y por último, en los efectos conductuales podemos distinguir por un lado los niños que han sido víctima de maltrato físico o que han vision ado violencia entre sus padres, los cuales  suelen ser agresivos en la escuela, física y verbalmente, responder con ira y violencia ante cualquier estímulo, positivo o negativo, ser menos valorados en clase o incluso sufrir el rechazo de sus compañeros, y ser propensos a tener amistades agresivas. Por otro lado, están los niños que han sufrido maltrato psicológico, y que pueden presentar un bajo rendimiento académico, dándose más en lo intelectual y lingüístico, y tienen problemas para relacionarse socialmente, con tendencia a aislarse (Ezpeleta, 2005). También están, entre los efectos conductuales, los efectos por abusos sexuales, como problemas de enuresis, rechazo  hacia  la  madre, comportamientos sexuales inapropiados y conductas antisociales  (Ezpeleta, 2005). Y para terminar, los niños víctimas de negligencias suelen ser cohibidos, evitando relacionarse, por lo que se aíslan y en pocas ocasiones realizan muestras de cariño. Además tienen una baja autoestima y tienden a comportarse alternativamente como víctimas o como agresores.

Respecto a los efectos neurobiológicos, muchos de los efectos nombrados anteriormente pueden deberse a anomalías cerebrales, provocadas por los malos tratos psicológicos y físicos. Estos pueden provocar un daño persistente en la estructura neural y en el funcionamiento del cerebro durante el desarrollo de este, ocasionando a su vez, entre otros, problemas en el desarrollo del lenguaje, en las capacidades cognitivas y de resolución de conflictos.

Podemos añadir según Child Welfare Information Gateway (2013) que los efectos sobre la salud física pueden ser leves, como hematomas, cortes, etc., o graves, como fracturas de huesos, hemorragias, etc., pudiendo llegando incluso a causar la muerte. Además, como se ha comentado en el párrafo anterior, pueden causar al menor anomalías cerebrales.

Detección

Existen unos indicadores a través de los cuales se puede detectar que un menor está siendo maltratado. Los profesionales y ciudadanos en general, deben de estar atentos a estos para poder tomar medidas con el fin de dar una solución al problema. 

Nuestra responsabilidad

Cualquier profesional o ciudadano que sospeche o detecte que un menor se encuentra en una situación de riesgo o de maltrato, tiene la obligación legal de notificar los hechos.

Cabe destacar, que se trata de una notificación, no de una denuncia. “Notificar es transmitir o trasladar información sobre el supuesto caso de riesgo o maltrato infantil, su familia y sobre el propio informante.” (Observatorio de la Infancia, 2008, p. 13). Esta notificación puede realizarse  mediante  informe  escrito,  de forma  presencial, telefónicamente, etc. Aunque lo idóneo es que figuren los datos del informante, si se realiza de forma anónima también será aceptada.

Para saber a quién tenemos que recurrir para realizar una notificación,  Fapmi (2011, p. 38) hace una distinción de dos procesos dependiendo de la gravedad del caso: proceso ordinario y proceso urgente. Como describimos a continuación, cada proceso dispone de unos dispositivos a los que acudir:

-Proceso ordinario:

A través de los Servicios Sociales básicos o de atención primaria (municipales) directamente o a través de  los Servicios Sociales del ámbito laboral  del profesional que detectó el maltrato.

-Proceso urgente:

  Servicios especializados de menores.

 Juez de Guardia en los casos regulados por la Ley en que se requiere la comunicación a través de un Parte de Lesiones o en aquellas circunstancias en que no sea posible contactar con los Servicios Sociales con competencias en materia de protección de la Comunidad Autónoma. 

Directamente o mediante denuncia ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

  Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado: o Servicio de Atención a las Familias (SAF) de la Policía Nacional o Equipo de Atención a la Mujer y el menor (EMUME) de la Guardia Civil.

Se considerará urgente cuando se sospeche o se sepa con certeza que la salud, seguridad y/o integridad del menor está en serio peligro.

Los profesionales cuentan con un Protocolo Básico de Intervención contra el Maltrato infantil del Observatorio de la Infancia.

Los requisitos para poder realizar la notificación no serán los mismos para un profesional que lo detecte ejerciendo su profesión que para un ciudadano, ya que a los primeros se les exige que tengan más indicadores de maltrato (Fapmi, 2011)

Según el mismo autor (2011, p. 28), los Servicios de Protección a la Infancia, en la fase de notificación, tienen los siguientes objetivos:

 Atender a toda persona, profesional o institución que desee informar sobre la posible situación de riesgo o desprotección de un menor.

 Recoger información de forma que se pueda identificar el caso y las personas que intervienen en él, incluido el informante, así como realizar una valoración inicial de la gravedad del caso para tomar una decisión sobre qué proceso seguir. 

 Estimar si se trata de una situación de riesgo o desprotección infantil.

 Valorar si el caso debe ser atendido por los  Servicios Sociales y  en ese caso derivarlo.

 Determinar si la problemática es de otra índole y corresponde ser abordada por otros profesionales o debe ser remitido a otro servicio.

Además, hay infinidad de asociaciones, organismos y fundaciones a las que tanto los profesionales como  los ciudadanos pueden recurrir. A continuación hacemos mención a dos de ellas:

  Fapmi: Federación de Asociaciones para la Prevención del Maltrato  Infantil.

Integra personas y asociaciones con el fin de proteger la infancia, prevenir el maltrato en niños y adolescentes, fomentar el buen trato en la infancia y promover los Derechos del Niño (FAPMI, 2015).

  Fundación ANAR: Ayuda a Niños y Adolescentes en Riesgo.

Su misión es atender a niños y adolescentes vía telefónica para ayudarles en sus problemas o inquietudes, protegerles y empoderarles de una forma integral en todas sus necesidades, haciéndoles partícipes en la solución de sus propios problemas  (ANAR, 2015).

Estado de la cuestión

Aunque cada vez es mayor el número de notificaciones llevadas a cabo, sigue habiendo problemas a la  hora de cuantificar los  casos de maltrato existentes, ya que gran parte de ellos no se hacen saber.

A pesar de que esta es la única forma de ayudar a cambiar la situación del menor y de su familia, muchas personas son  reacias a llevarla a cabo por diversos motivos, como  pueden  ser: el miedo a equivocarse, no considerar importante la situación, comparar la notificación con la denuncia, falta de confianza en el sistema de protección de menores, temor a que los padres o cuidadores los descubran, el no querer meterse en los problemas de otras  familias, atribución de la desprotección a costumbres o prácticas culturales, entre otros (Fapmi, 2011).

A eso hay que añadir que muchos menores no son creídos por su entorno, cuando comentan su situación. Esto les revictimiza porque aprenden a guardar silencio, a tolerar y aceptarla como normal. Sus secuelas serán mucho mayores.

Es necesario que la sociedad se conciencie de que es fundamental y responsabilidad de todos la detección y notificación de malos tratos a menores, ya que si no se pone en conocimiento el caso, nada se puede hacer.


Ellos no tienen voz, tú acción es lo único que puede cambiar o salvar su vida

Fuente: Telemundo (2012)

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